El sindicato denuncia que los requisitos actuales a la jubilación parcial discriminan a sectores precarizados y feminizados

USO ha remitido a los grupos parlamentarios de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Congreso una serie de enmiendas al Proyecto de Ley que regulará las modificaciones en el acceso a la jubilación parcial, con el objetivo de corregir la discriminación que sufren amplios colectivos para acceder a estas prestaciones.

La iniciativa surge ante el inicio de la tramitación parlamentaria del RD-Ley 11/2024 de 23 de diciembre, que actualmente deja fuera del acceso a la jubilación parcial a sectores caracterizados por la precariedad laboral y la feminización del empleo.

Sectores excluidos del acceso a la jubilación parcial

USO valora el espíritu de la ley y los avances que supone para crear puestos de trabajo estables y a jornada completa. Sin embargo, alertamos de que la realidad del mercado laboral español choca frontalmente con la aplicación práctica de la norma en numerosos sectores.

“En sectores como la educación; muchos servicios, especialmente la limpieza; o en la industria, el coste de contratar a un relevista a jornada completa va a ser un freno real para que los trabajadores que cumplan los requisitos se acojan a la jubilación parcial”, explica Sara García, secretaria de Acción Sindical y Empleo de USO.

Por este motivo, el sindicato reclama “la inclusión de un margen de adaptación o de medidas compensatorias” que permitan una aplicación más equitativa de la normativa.

Cuatro enmiendas clave para la equidad

USO ha presentado cuatro enmiendas específicas que buscan adaptar la ley a la diversidad del mercado laboral español:

  1. Régimen transitorio específico para sectores con acuerdos de jubilación parcial con las Administraciones Públicas anteriores al RD-ley, facilitando una transición ordenada y equitativa al nuevo modelo.
  2. Flexibilidad en contratos de relevo: adaptación de la modalidad del contrato de relevo en función de la jornada laboral.
  3. Facilitar la aplicación del contrato de relevo sin desproteger los derechos del jubilado parcial ni sobrecargar de requisitos a las empresas.
  4. Disposición adicional de protección de derechos adquiridos, en centros con acuerdo de mantenimiento de plantilla u otros sistemas como bolsas internas de empleo o promoción interna del personal a jornada parcial. En estos casos, se debe flexibilizar la modalidad de contrato de relevo para evitar lesionar los derechos laborales ya adquiridos por los trabajadores.

Llamamiento a los grupos parlamentarios

Desde USO hemos emplazado a los grupos parlamentarios a “que tengan en consideración estas propuestas y a reunirse con nosotros para explicárselas detalladamente” o proponer redacciones alternativas que protejan igualmente los derechos tanto de los futuros jubilados como de sus sustitutos.

USO destaca especialmente el trabajo que está realizando la Federación de Enseñanza de USO en la negociación de acuerdos de jubilación parcial, con el objetivo de generalizar la aplicación de estos acuerdos en todas las comunidades autónomas. Esta labor se desarrolla a pesar de las dificultades derivadas de la normativa actual y de la descoordinación entre la administración central y la autonómica.